La cédula de habitabilidad es una certificación obligatoria que acredita que nuestra vivienda cumple con todos los requisitos mínimos de habitabilidad exigidos por la normativa vigente y por tanto es habitable. Se debe elaborar antes de la ocupación de una vivienda de nueva construcción. Es imprescindible para la obtención de una hipoteca y es obligatoria desde el año 2007 en los siguientes casos:
- Dar de alta los suministros de agua, luz y gas.
- Firma de contratos de arrendamiento.
- Firma de compraventa de viviendas.
En una cédula de habitabilidad nunca consta el nombre del propietario/a de la vivienda. Si que constan los siguientes datos: dirección y provincia donde se encuentra la vivienda, metros útiles, composición interior de la vivienda (habitaciones, baños, cocina y salón), número recomendado de ocupación establecido por el ayuntamiento, fecha de concesión y caducidad.
Cómo solicitar una cédula de habitabilidad: Licencia de 2º ocupación
La duración o validez que se le asignan a partir de la concesión es de 5 a 10 años, dependiendo del ayuntamiento. Cuando la cédula de habitabilidad haya caducado, se seguirán los mismos trámites que se realizaron en su momento, incluyendo las modificaciones que haya podido sufrir la composición de la vivienda con el paso de los años. Hay que tener en cuenta que en muchas viviendas las ampliaciones o modificaciones que se han realizado durante estos años no cumplan con el planeamiento vigente y no se pueda legalizar, lo cual podría llegar a ser un problema en el caso de querer vender la vivienda. Hay tres tipos en función de la antigüedad de la vivienda:
- Licencia de primera ocupación: Viviendas de nueva construcción o cuando se ha vaciado el edificio, dejando sólo la fachada.
- Licencia de primera ocupación de rehabilitación: Viviendas resultantes de una intervención o gran rehabilitación, subdivisiones, cambio de uso para crear una vivienda, vaciado de la vivienda, ampliaciones, etc.
- Licencia de segunda ocupación: Viviendas que ya existen. Su vigencia varía en función del año en que se haya aprobado la última cédula:
– Cédulas de viviendas nueva/usadas otorgadas antes de 2004: 10 años.
– Cédulas de viviendas nuevas/usadas otorgadas entre 2004 y 2012: 15 años.
– Cédulas otorgadas a partir de 2013:Viviendas de primera ocupación la vigencia es de 25 años y para rehabilitación y segunda ocupación de 15.
Pasos a seguir para solicitar cédula de habitabilidad: Licencia de 2º ocupación
- Solicitar cita previa en el área de urbanismo del ayuntamiento.
- Acudir a la oficina del ayuntamiento en el área de urbanismo.
- Rellenar la solicitud oficialde la concejalía de urbanismo.
- Realizar el pago de la tasas urbanísticas (Carta de pago), facilitada por la administración.
- Presentar toda la documentación necesariapara su tramitación en el registro del .
- Recoger el documento solicitado una vez tramitado en el mismo momento.
Documentación necesaria cédula de habitabilidad: Licencia de 2º ocupación
- Solicitud de cédula de habitabilidad impreso normalizado.
- Documento identificativo del solicitante:
–Personas físicas: Fotocopia documento nacional de identidad (DNI).
–Persona jurídica: Código de identificación fiscal (CIF), escritura de constitución, DNI del representante legal de la entidad jurídica y documento donde se acredite como representante. - Tasas urbanísticas y ambientalescorrespondientes (Carta de pago).
- Fotocopia de la escritura de compraventa de la vivienda.
- Certificado bancario del titular de la vivienda.
En caso de viviendas de nueva edificación:
- Licencia de obras o documento equivalente.
- Certificado original de final de obra y habitabilidad, firmado por eltécnico competente y visado por el colegio profesional.
- Certificado original del cumplimiento del control de calidad.
- Licencia municipal de primera ocupación o la solicitud de la misma.
En caso de cambio de uso de un local a una vivienda:
- Certificado de final de obra y habitabilidad realizado por un arquitecto técnico.
- Licencia municipal de obras, autorizando el cambio de uso.
- Licencia municipal de primera ocupación.
En caso de viviendas usadas:
- Certificado emitido por un técnico conforme con el cumplimiento de los niveles de viviendas exigidos. Este certificado incluye el impreso de solicitud normalizado.
Información adicional
- Cuando se alquila una vivienda, el propietario está obligado a facilitar el número de cédula de habitabilidad. En el caso de no tenerla tiene el deber de tramitarla, ya que en el contrato de alquiler debe aparecer dicho número.
- Actualmente es obligatorio al comprar una vivienda que en la firma ante notario, el vendedor debe entregar la cédula de habitabilidad original. En ningún caso debe ser aceptada ni la provisional ni la tramitación de esta.
- En caso de comprar la casa sin cédula de habitabilidad podría tener algún problema, al ser posible que la vivienda que compra tenga más metros cuadrados de los permitidos o que parte de dicha vivienda no se pueda legalizar.
- Es importante el obtener la cédula como se ha dicho anteriormente ya que no podrá contratar los servicios de luz, agua y gas a la compañías suministradoras.
- En caso de subdivisión de una vivienda existente, la vivienda tiene cocina y puerta de acceso, debe tramitar la cédula como si se tratase de una vivienda usada. La vivienda no tiene cocina ni puerta de acceso, debe tramitar la cédula como vivienda nueva o resultante de una rehabilitación.
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