Por una vuelta al trabajo segura y eficaz

Claves y protocolos para empresas y personas trabajadoras en su “vuelta al cole”. Contestamos a algunas de las dudas que están surgiendo en los últimos días sobre la vuelta al trabajo y la reincorporación presencial.

Este 4 de mayo hemos comenzado la fase 0 de la Desescalada, así que ya podemos decir que estamos en la casilla de salida, y ¿sabemos las organizaciones que tenemos que hacer para llevar a cabo de manera correcta la incorporación, a lo que se ha denominado desde el Gobierno “nueva normalidad”? Y las personas que forman parte de estas organizaciones,  ¿lo saben?

Ilustración: People vector created by freepik

Es complicado pues además de otros motivos como el miedo a un posible contagio, nos encontramos en un continuo estrés legislativo. Todas las semanas vemos nuevos reales decretos u órdenes ministeriales, en las que parece que intentan ponernos a prueba y ver si somos capaces de adivinar o resolver el jeroglífico planteado. Para ayudar a encajar las piezas de este puzzle laboral contestamos a algunas de las dudas que están surgiendo en los últimos días.

¿Cómo garantiza la Organización un retorno seguro al trabajo? 

La OIT señala que todos los empleadores deben llevar a cabo de antemano medidas de evaluación del riesgo y velar por que su lugar de trabajo cumpla estrictos criterios en materia de seguridad y salud, a fin de minimizar el riesgo de exposición de los trabajadores al COVID-19. Para ayudar a ello encontramos en su web una lista de comprobación como herramienta de gestión para implementar acciones prácticas y así mitigar la propagación de la pandemia del COVID-19 en el lugar de trabajo. La implementación exitosa de esta herramienta según la OIT, dependerá de la cooperación entre empleadores, supervisores y personas trabajadoras para lograr cambios positivos en el lugar de trabajo y mejorar la preparación y respuesta al COVID-19.

Los empleadores deberían involucrar a los comités de seguridad y salud en el trabajo o a los delegados de seguridad en el proceso, por tanto, será importante que en esta ocasión esta reanudación de la actividad  sea liderada por el SERVICIO DE PREVENCIÓN ya sea propio o ajeno, apoyados por los departamentos de RRHH y por la Dirección de la empresa. Ellos serán los encargados de crear los PROTOCOLOS PREVENTIVOS para la reanudación de la actividad y garantizar así la seguridad de las personas trabajadoras tras su regreso al trabajo.

De esta necesidad clara de servir de apoyo a las organizaciones, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo (INSST) ha creado distintas directrices de buenas prácticas por sectores que podrán ser de gran ayuda a la hora de crear esos protocolos preventivos, ya sean de reanudación de actividad, de reconocimientos médicos, de mantenimiento para la denominada “nueva normalidad” o de actuación ante un posible contagio. 

Para saber qué medidas preventivas debemos adoptar en estos protocolos en el lugar de trabajo, será fundamental recabar información mediante la evaluación de riesgo de exposición específica que se realizará siempre en consonancia con la información aportada por las autoridades sanitarias.  

¿Y que entendemos por exposición al riesgo? Son aquellas situaciones en las que se puede producir un contacto con un POSIBLE, PROBABLE O CONFIRMADO de infección por el SARS-CoV-2 sintomático.

¿Qué medidas debemos adoptar?

Según el PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL SARS-CoV-2 del Ministerio de Sanidad de fecha 30 de abril de 2020 estas serían:

I. Medidas de carácter organizativo

  • Implementar las medidas necesarias para minimizar el contacto entre las personas trabajadoras y entre estas últimas y los potenciales clientes o público que puedan concurrir en su lugar de trabajo. En este sentido, la disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios (mobiliario, estanterías, pasillos, etc.) en el centro de trabajo debe modificarse, en la medida de lo posible, con el objetivo de garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad de 2 metros.
  • Establecer planes de continuidad de la actividad ante un aumento de las bajas laborales del personal o en un escenario de incremento del riesgo de transmisión en el lugar de trabajo, con un proceso de participación y acuerdo con la representación legal de los trabajadores.
  • Contemplar posibilidades de redistribución de tareas y/o teletrabajo si fuera necesario.
  • En aquellos establecimientos abiertos al público se atenderá a las siguientes consideraciones:
    •  El aforo máximo deberá permitir cumplir con las medidas extraordinarias dictadas por las autoridades sanitarias, concretamente con el requisito de distancias de seguridad.
    • Cuando sea posible, se fomentará la habilitación de mecanismos de control de acceso en las entradas de los locales. Este control de acceso debe garantizar el cumplimiento estricto del aforo máximo calculado para esta situación extraordinaria.
    • Cuando sea de aplicación, se establecerán medidas para organizar a los clientes que permanezcan en el exterior del establecimiento en espera de acceder a él cuando lo permita el aforo. Todo el público, incluido el que espera en el exterior del establecimiento, debe guardar rigurosamente la distancia de seguridad.
    • Se informará claramente a los clientes sobre las medidas organizativas y sobre su obligación de cooperar en su cumplimiento.

II. Medidas de protección individual

La forma óptima de prevenir la transmisión es usar una combinación de todas las medidas preventivas, no solo Equipos de Protección Individual (EPI). La aplicación de una combinación de medidas de control puede proporcionar un grado adicional de protección.

La información sobre Equipos de Protección Individual, elaborada con el INSST, plantea alternativas y estrategias para la optimización del uso de mascarillas, ropa de protección y guantes, tales como:

  • De forma general, la recomendación es utilizar EPI desechables, o si no es así, que puedan desinfectarse después del uso, siguiendo las recomendaciones del fabricante.
  • Los EPI deben escogerse de tal manera que se garantice la máxima protección con la mínima molestia para el usuario y para ello es crítico escoger la talla, diseño o tamaño que se adapte adecuadamente al mismo.
  • La correcta colocación de los EPI es fundamental para evitar posibles vías de entrada del agente biológico; igualmente importante es la retirada de los mismos para evitar el contacto con zonas contaminadas y/o dispersión del agente infeccioso.
  • Debe elaborarse e implementarse una secuencia de colocación y retirada de todos los equipos detallada y predefinida, cuyo seguimiento debe controlarse.
  • Los EPI deben colocarse antes de iniciar cualquier actividad probable de causar exposición y ser retirados únicamente después de estar fuera de la zona de exposición.
  • Se debe evitar que los EPI sean una fuente de contaminación, por ejemplo, dejándolos sobre superficies del entorno una vez que han sido retirados.
  • En cuanto suministro y mantenimiento de los EPI, el empresario deberá suministrarlos gratuitamente y, garantizando además su buen funcionamiento y su estado higiénico satisfactorio por medio del mantenimiento, los arreglos y las sustituciones necesarias.

No debemos olvidar que durante la desescalada y al cambiar de fase, se irán estableciendo probablemente nuevas condiciones y medidas preventivas que deberán cumplir las empresas que estén reanudando su actividad, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio del COVID19.

La Orden SND/388/2020 de 3 de mayo, además de indicar los establecimientos que pueden abrir en la fase 0 y los requisitos que deben cumplir, enumera las medidas de PRL que deben tomar las empresas en relación a las personas trabajadoras, estas son algunas:

    • Se asegurará de que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo.
    • Que tengan permanentemente a su disposición, en el lugar de trabajo, geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón.
    • Uso de mascarillas obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros entre el trabajador y el cliente o entre los propios trabajadores.
    • Todo el personal deberá estar formado e informado sobre el correcto uso de los citados equipos de protección.
    • El fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas para protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida.
    • La disposición de los puestos de trabajo, la organización de los turnos y el resto de condiciones de trabajo presentes en el centro se modificarán, en la medida necesaria, para garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre los trabajadores, siendo esto responsabilidad del titular de la actividad económica o de la persona en quien este delegue.
    • Asimismo, las medidas de distancia deberán cumplirse, en su caso, en los vestuarios, taquillas y aseos de los trabajadores, así como en las áreas de descanso, comedores, cocinas y cualquier otra zona de uso común.
    • Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente. El trabajador deberá abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.

Para las localidades que este lunes 11 de mayo han pasado a la Fase I  les será de aplicación la Orden SND/399/2020 de 9 de mayo, de la que destacamos la sección 2ªsobre medidas de higiene y prevención.  

Y recordemos que ante cualquier duda debemos contactar con nuestro SERVICIO DE PREVENCIÓN sea propio o ajeno que será quien nos ayudará en un Plan de contingencia en caso de que las medidas preventivas no puedan implementarse o no se estén haciendo de manera adecuada.

 

#desescalada #eficaz #PRL

Raquel Tendero
RECURSOS HUMANOS | RRLL