Aumentan las detenciones a inmigrantes en situación irregular en España
Durante el mes de diciembre y la primera quincena del mes de enero la Jefatura Superior de Policía con jurisdicción en Madrid y los 15 municipios con más población (alrededor de 15 millones de habitantes) han incrementado en más de un 120 % las detenciones de inmigrantes sin papeles con respecto al mismo período del año anterior.
El Ministerio del Interior en un comunicado de prensa sostiene que esta medida pretende mejorar la seguridad en función a la delincuencia de cada zona. Aunque los sindicatos policiales hablan de practicas policiales que responden al cumplimiento de órdenes y también explican que a los comisarios se les exige una tasa de detenidos al mes según la cantidad de extranjeros que vivan en su distrito.
Estas instrucciones dan prioridad a los inmigrantes marroquíes, ya que según la ley tiene 40 días para realizar la repatriación y el traslado se hace por carretera, por lo que los costes se pueden asumir con más facilidad.
El sindicato también denuncia en la carta enviada al fiscal general del estado que a los agentes con mayor numero de inmigrantes sin papeles detenidos al mes, se les retribuye con días libres.
Esta información fue confirmada por el propio Ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, quien aseguro que existen “objetivos cuantitativos” en la detención de inmigrantes, como así también la orden interna distribuida en todas las comisarías de Madrid donde se establecía un cupo semanal de extranjeros en situación irregular para ser detenidos.
Ante la disposición prioritaria de detener a inmigrantes marroquíes por razones de facilidad en la repatriación, el embajador marroquí en España, Omar Azziman ha expresado su inquietud por esta medida y se ha comunicado con el director general de Política Exterior para el Mediterráneo, Fidel Sendagorta para obtener aclaraciones.
Varias ONG de derechos humanos (Movimiento contra la intolerancia, CEAR, SOS Racismo y Amnistía Internacional) solicitan a la fiscalía se investigue los cupos de detenciones en Madrid y acusa al Ministerio del Interior por la utilización de criterios raciales para la identificación de extranjeros.
bueno me parece muy mal que sean el objetivo solo los marroquies y eso que somos un pais vecino.
si hay una ley tiene que ser por igualque hechen a los rumanos que son una mafia en todos los sentidos los de este son lo peor.
y ademas no son todos los marroquies delicuentes y hay gente q ya ha hecho su vida aqui.lo veo muy injusto aver si savemos lo que haces por que esto si que una injusticia
yo opino igual q tu sobre q tiene q ser pa todos igual. pero me parece muy mal q pa defender a unos eches por suelo a otros asi te contradices si quieres para todos igual no ables mal de otros todos tienen el mismo derecho.
yo quisera hacer un pregunta sobre un persona que fue con contrato de trabajo de Cuba ya hace un 1 y 9 mes. esa persona puede tener estatus de residence en Espana? esa persona vive un Isla Canarias Las Palmas. el papa de ella fue tambien con contracto de trabajo ya (14anos)el es Ciudadano Espanol. ella es la hija de este senor pidedio asilo poblitico ella es major de edad.
"No hay más que observar cualquier hecho angustiosamente dramático, en
algún lugar del planeta, para ejercer nuestro derecho a emigrar, hacia cualquier
tierra que consideremos como la “tierra prometida”, e incluso, aunque esto nos
conlleve en convertirnos en unos reaccionarios contra el derecho positivo. Si
un medio es deshumanizante, si tan presente está el riesgo de nuestra existencia
humana, pues opera en nosotros el instinto de conservación y el principio
de la racionalidad, de manera que nos exige la acción propia de la movilización,
con la más absoluta libertad como lo es de su legitimidad que se justifica
el de emigrar. Y tan importante como es esta libertad de movilización lo es
también la justicia en la que ambas no pueden divorciarse. Y todo aquél que
impida e intervenga contra esa movilidad pues carece de juicio de conciencia
y de responsabilidad moral. Y toda ley opuesta a los principios fundamentales
de los derechos humanos, pues no es más que una ley retrógrada y juzgada de
inmoral. Asimismo, toda fuerza coactiva y represiva contra la libertad de emigrar
por sobrevivencia es injustificable y de baja calidad ético-político." Del libro Cómo viven los inmigrantes en España, autor Luigi Campos Chalco. (books.google.es/)
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La concreta actuación policial consistente en conducir a Comisaría a aquellos ciudadanos extranjeros que, estando documentados, no acreditan en el control de identificación su estancia regular en España no está prevista legalmente. En ese sentido, una detención de estas características podría ser constitutiva de un delito de detención ilegal por funcionario público castigado con una pena de prisión de hasta seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de ocho a doce años (art. 165, en relación con el art. 163 CP).
De igual modo, la concreta actuación policial consistente en la realización de controles de identificación indiscriminados en lugares públicos con el único objetivo de localizar ciudadanos extranjeros en situación de estancia irregular en España no cuenta con cobertura legal. Ello determina que esta actuación pueda ser constitutiva de un delito de coacciones castigado con una pena de prisión de hasta tres años o multa de hasta veinticuatro meses (art. 172.1 CP). Por último, la utilización en los requerimientos de identificación de los rasgos étnicos u otros signos externos distintivos de nacionalidad como criterio de selección supone una vulneración de la prohibición de trato discriminatorio por motivos raciales o de origen. Ello puede suponer la comisión de un delito contra los derechos individuales castigado con una pena de inhabilitación especial de hasta cuatro años (art. 542 CP).
En cualquier caso, cualquiera de estas conductas también podría ser considerada merecedora de responsabilidad disciplinaria. A estos efectos, también debe destacarse que el art. 5.1.d) de la LOFCS establece que “en ningún caso, la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a la Leyes”.
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Una inversión con 12 años. Los menores 'ilegales' llegan más jóvenes para recibir educación y papeles
-Sevilla – 09/02/2010
La tormenta de cifras referente a menores extranjeros no acompañados (menas, según la terminología usada por las distintas administraciones) que llegan a Andalucía en patera o en los bajos de algún camión se cree que ha amainado, pero no es así. El flujo de menores sin papeles que arriban a las costas andaluzas sigue siendo muy alto; se calcula que no menos de 10 entran clandestinamente cada día. Es cierto que en los centros de acogida de la Junta ingresaron un 9% menos en 2009 (1.099 menores frente a los 1.208 que lo hicieron el año 2008). Sin embargo, fueron un 13% más los que se quedaron el año pasado (929 frente a los 900 que lo hicieron en 2008). Y esto es así porque el perfil de los menas ha cambiado: ahora son más pequeños, apenas tienen 12 años; y saben a qué vienen: a quedarse.
Exige su deportacion. Son ilegales y la ley esta para algo
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