Dificultades al intentar renovar permiso de residencia por arraigo familiar
A raíz de las modificaciones en las condiciones excepcionales en la concesión de residencia por arraigo familiar con circunstancias excepcionales, que incluye a los padres y madres de niños menores de edad de nacionalidad española, muchos se han visto beneficiados y han podido regularizar su situación legal.

Arraigo social, pros y contras

Esta tarjeta permite al padre o madre residir y trabajar por cuenta ajena o propia sin necesidad de presentar contrato de trabajo en el momento de su solicitud y tiene vigencia de un año.

Pero también han surgido complicaciones, pues en el momento de renovar este permiso de residencia, el proceso se transforma de una renovación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales a una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena, según el caso.
El hecho es que muchos de ellos no cumplen con los requisitos del arraigo social, que son los mismos para todos los solicitantes de renovación sin modificación específica para el arraigo familiar, los cuales incluyen la presentación de un contrato laboral vigente así como haber cotizado un mínimo de seis meses a la Seguridad Social, o estar dado de alta como autónomo, ente otros.

Lo que ha llevado a una situación de incertidumbre para estas personas pues al vencimiento de esta se ven otra vez, en situación irregular y con la desventaja de no poder empezar de cero en cuestión de trámites, pues el anterior proceso los excluye de esa posibilidad, ya que se puede solicitar esta autorización una sola vez.
Lo que sí que contempla es una prórroga de dicha autorización de residencia por circunstancias excepcionales, citando circunstancias sumamente específicas que no contemplan el solo hecho de ser padres de un menor ciudadano español y que son bastante más difíciles de cumplir.

Para haceros un resumen si estáis buscando la vía de renovar la autorización de residencia de esta forma, arraigo familiar, si estáis trabajando y tenéis contrato vigente no habrá problema; pero en el caso de estar en el paro y no poder demostrar ingresos mínimos, lo más probable es que os lo denieguen.