La asistencia jurídica gratuita la pueden solicitar todos aquellos ciudadanos que carezcan de patrimonio suficiente para litigar judicialmente

Se utilizan como parámetros para determinar si tiene derecho o no lo tiene el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y el número de integrantes de la unidad familiar.

asistencia juridica gratuita requisitos

Umbrales mínimos

Se reconoce este derecho a aquellas personas que, en función del número de personas de su unidad familiar, no supere los siguientes umbrales de ingresos anuales:

tabla-asistencia-juridica-gratuita

Una Unidad familiar es:

  • La integrada por los cónyuges no separados legalmente y si los hubiere, los hijos menores con excepción de los que se hallen emancipados.
  • La formada por el padre o la madre y los hijos que reúnan los requisitos a que se refiere la regla anterior.

Personas con derecho a la asistencia jurídica gratuita

En concreto, tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita:

  • Los ciudadanos españoles, los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que residan en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
  • Las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
  • Las siguientes personas jurídicas, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar:

    – Asociaciones de utilidad pública

    – Fundaciones inscritas en el registro administrativo correspondiente

  • En el orden jurisdiccional social: los trabajadores y los beneficiarios del sistema de Seguridad Social.
  • En el orden jurisdiccional penal: tendrán derecho a la asistencia letrada y a la defensa y representación gratuitas todos los ciudadanos, aunque sean extranjeros, que acrediten insuficiencia de recursos para litigar, aun cuando no residan legalmente en territorio español.
  • En el orden contencioso administrativo: los ciudadanos extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos para litigar, aun cuando no residan legalmente en territorio español, tendrán derecho a la asistencia letrada y a la defensa y representación gratuita en todos aquellos procesos relativos a su solicitud de asilo y ley de extranjería.

asistencia-juridica-juez

Si tienes alguna duda, pregúntame (Respuesta asegurada en 48 horas).
“Trabajando para hacerte los trámites más fácil”