El pasado fin de semana publicamos un post sobre la decisión del gobierno de implementar Nuevas normas de acceso a la sanidad en España parainmigrantes y residentes extranjeros, en él se explica que los extranjeros que no cuenten con residencia legal en España; es decir que estén en situación irregular; solo tendrán derecho a la prestación básica sanitaria, cobertura en la asistencia de urgencias hasta el alta, asistencia por maternidad (embarazo, parto y postparto) y cuidados de los niños.

El BOE del día de hoy ha publicado el Real Decreto ley 16/2012 con las medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar así la calidad y seguridad de las prestaciones del Sistema Nacional de Salud.

El gobierno estima que los extranjeros en situación irregular en España son alrededor de 500.000, con la modificación de Ley de Extranjería, se quedarán sin la prestación sanitaria y solo contarán con la asistencia básica.

Muchas son las preguntas que han surgido a raíz de este anuncio, una de vuestras inquietudes es:
¿Cómo afecta esta medida a los inmigrantes que ya cuentan con la tarjeta sanitaria pero que no cuentan aún con el premiso de residencia?

El cambio o reforma de la Ley de Extranjería provocará la perdida de la tarjeta sanitaria a todos los extranjeros que no cuenten con un permiso de residencia en España, se requerirá residencia legal. La tarjeta sanitaria tienen una vigencia de aproximadamente dos años, el Gobierno no esperará a su vencimiento, será retirada a los inmigrantes irregulares, independientemente si en el pasado han cotizado en la seguridad social o no. Podrán seguir utilizando la prestación con la tarjeta que tienen actualmente hasta el 31 de agosto de 2012, sin tener que demostrar que son residentes legales en España. A partir de esa fecha deberá demostrar que están dados de alta en la Seguridad Social.

La Ley afecta a los extranjeros en situación irregular como a los extranjeros que llegan como turistas desde países que no tienen convenio sanitario con España (tienen convenio sanitario casi todos los países de la Unión Europea y algunos países de Latinoamérica, como: Chile, Brasil, Perú y Ecuador; también Marruecos y Túnez). Los extranjeros de estados miembros de la Unión Europea que deseen tener una residencia mayor a tres meses, deberán estar estudiando, trabajando o tener un seguro médico privado que cubra su asistencia sanitaria, tanto para él como para su familia, de esta manera no representarán una carga para la asistencia social en España durante su residencia.

Los niños de padres en situación irregular menores de 18 años, recibirán asistencia sanitaria primaria, hospitalaria y consulta con especialistas, con las mismas prestaciones que los ciudadanos españoles.