El certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento es el documento que acredita los contratos vigentes en que figuraba como asegurada la persona fallecida y con qué entidad aseguradora. En caso de que la persona fallecida no figuraba como asegurada en ningún contrato, tal extremo se hará constar expresamente en el certificado que se emita.

Cómo solicitar certificado de contratos de seguros de fallecimiento

Los contratos de seguro respecto de los que es posible obtener un certificado son los relativos a los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y a los seguros de accidentes en los que se cubra la contingencia de la muerte del asegurado, ya se trate de pólizas individuales o colectivas.

Pasos a seguir para solicitar contratos de seguros de fallecimiento

Solicitar de forma presencial

  1. Rellenar solicitud oficial del Ministerio de Justicia.
  2. Pagar tasa con importe de 3,70€ en lasentidades financierascolaboradoras.
  3. Acudir a una de lasgerencias territorialeso en Madrid en laoficina centralde atención al ciudadano del Ministerio de Justicia.
  4. Presentar solicitud junto con la documentación necesaria en la gerencia.
  5. Retirar en ese momento el certificado de últimas voluntades.

Solicitar por correo

  1. Rellenar solicitud oficial del Ministerio de Justicia.
  2. Pagar tasa con importe de 3,70€ en las entidades financieras colaboradoras.
  3. Enviar solicitud junto con la documentación necesaria por correo a la siguiente dirección: Registro General de Actos de Última Voluntad Ministerio de Justicia Plaza Jacinto Benavente, 3 28012 – Madrid.
  4. En un plazo de 10 días hábiles, recibirás el certificado de últimas voluntades en la dirección indicada en la solicitud.

Documentacion necesaria para certificado de contratos de seguros de fallecimiento

  • DNI del fallecido (Documento Nacional de Identidad).
  • Solicitud oficial del Ministerio de Justicia (Modelo 790).
  • Tasa administrativa del Ministerio de Justicia (Modelo 790).
  • Certificado literal de defunción original expedido por el Registro Civil.

    Información adicional

    • La solicitud oficial y la tasa del Ministerio de Justicia son el mismo documento.
    • El certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento ha de solicitarse una vez hayan transcurrido 15 días hábiles a partir de la fecha de defunción.
    • Cuando el certificado de actos de ultima voluntad ha de surtirefectosen elextranjero, necesita ser legalizado. No se olvide de advertirlo cuando losolicitedonde se lo expidan conLegalización única o Apostilla de la Haya.
    • El certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento cuando se solicita presencialmente se emite normalmente en el momento. No obstante es necesario prever que en determinados casos puede ser necesario un periodo mayor, en general no superior a 3 días hábiles. El plazo que la Administración tiene para dicha expedición es de 10 días hábiles desde su presentación.
    • Cuando la solicitud se realiza por correo, el certificado se emite en un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a su recepción.
    • No se expiden certificados respecto a:
      – Los seguros que instrumentan compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios regulados en el Real Decreto 1588/1999, de 19 de octubre.

      – Los seguros en los que, en caso de fallecimiento del asegurado, coincidan el tomador y el beneficiario.

      – Los contratos suscritos por mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial, mutualidades de profesionales colegiados y mutualidades cuyo objeto exclusivo sea otorgar prestaciones o subsidios de docencia o educación.
    • Los datos se encuentran disponibles en el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento durante un plazo de 5 años desde la fecha de la defunción.

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    Ver también:Trámites para solicitar certificado de últimas voluntades
    Trámites para solicitar Legalización única o Apostilla del Haya