El paro o la prestación por desempleo es lo que cobra un desempleado gracias a lo que cotizó mientras estaba trabajando. Por eso también se llama “prestación contributiva“. Este trámite es gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal, (SEPE, antiguo INEM).
Requisitos para solicitar la prestación contributiva
- Estar en situación legal de desempleo.
- Estar afiliado o en situación de alta en la Seguridad Social.
- Estar inscrito como demandante de empleo, antes o en el mismo momento de hacer su solicitud.
- Tener un periodo mínimo de cotización de 360 días en los 6 años anteriores al cese.
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Encontrarse sin trabajo por alguna de estas razones:
– Despido (individual o colectivo, procedente o improcedente).
– Finalización de un contrato temporal o en periodo de pruebas.
– Fallecimiento, jubilación o incapacidad del empresario.
– Incapacidad permanente total del trabajador para la profesión habitual.
– Suspensión temporal de empleo o reducción de jornada en expediente de regulación.
- El plazo para solicitar la prestación será de 15 días hábiles desde el día que finalice el periodo de vacaciones pendientes de disfrutar, desde el inicio de suspensión de la relación laboral o de la reducción de jornada. Los días hábiles no se cuentan domingos ni festivos.
Pasos a seguir para solicitar la prestación contributiva
- Estar inscrito como demandante de empleo (Cartilla del paro).
- Solicitar cita previa mediante estas dos opciones:
– Cita previa telefónica: 901 01 02 10 o números provinciales.
– Cita previa por Internet: Cita previa SEPE. - Acudir en fecha y horade nuestra cita en las oficinas de empleo de tu provincia.
- Presentar toda la documentación necesaria para realizar el trámite de la solicitud.
- Una vez presentada, comienzas a recibir la prestación en tu cuenta bancaria.
Documentacion necesaria para solicitar la prestación contributiva
- Tarjeta del paro (Inscripción como demandante de empleo).
- Impreso de solicitud de prestación contributiva del Servicio Público de Empleo.
- DNI del solicitante (Documento Nacional de Identidad).
- Certificado de empresa, en la que haya trabajado durante los últimos seis meses.
- Si la empresa no estuviera en el Sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social, aportar una copia de los documentos oficiales delos últimos 180 días cotizados.
- Si en los últimos 6 años hubiera realizado trabajos a tiempo parcial anteriores al del último cese y no ha cobrado ninguna prestación por ellos, aportar el contrato o certificados de empresa con los días a la semana trabajados.
Información adicional
- Durante los primeros seis meses el importe diario que se cobrará será el 70% de la base reguladora del trabajador.
- A partir del séptimo mes, el paro se reduce y solo se recibe el 50% de la base.
- No realizar la solicitud en el plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, supone la pérdida de tantos días de derecho a la prestación. Esos días serán entre la fecha de nacimiento del derecho de haberse inscrito y solicitado en tiempo y forma y la fecha en que, efectivamente, se formule la solicitud.
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